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Diferencia entre Querella Y Denuncia

Los términos legales a veces pueden resultar complicados de entender. Una de las consultas más comunes es cuál es la Diferencia entre Querella y Denuncia.

Una Querella es un acto de ejercicio penal y un acto penal. En este, un individuo conocido como querellante entrega un escrito a un juez de manera personal. Esto lo convierte en el acusador directo cuya función es la de iniciar el proceso penal. Al presentar una querella, el querellante manifiesta la voluntad de procesar algún acto que considera dentro de los estándares de delito.

Este tipo de procedimiento legal puede hacerse como persona individual o puede ser introducida por un abogado o fiscal. Existen en general dos tipos diferentes de querella, pública y privada.

Por su parte, una Denuncia es simplemente un acto en el que el denunciante expresa que conoce o sabe de la comisión de un delito. El denunciante no tiene derecho a exigir nada. Cuando se hace una denuncia, se expresan a los órganos competentes los hechos con la esperanza de que estos tomen las acciones correspondientes.

Las denuncias pueden hacerse de forma oral o escrita. Y pude hacerte ante cualquier ente encargado de mantener la legalidad.

Diferencia entre Querella y Denuncia

Ahora que conocemos las bases de cada uno de estos procesos, podemos más fácilmente analizar sus diferencias.

La denuncia es la declaración de conocimiento acerca de la comisión de un delito. Mientras que una querella es una declaración de voluntad de proceder contra un individuo de manera legal.

Cuando se realiza una denuncia, esta puede hacerse tanto por escrito como de manera verbal. A diferencia de esto, la querella solo puede hacerse de manera escrita.

Otra Diferencia entre querella y denuncia es el organismo ante el que se presentan. La querella solo puede hacerse ante un juez o ente judicial. La denuncia por su parte, se puede hacer ante organismos de seguridad, ministerios públicos o entes jurídicos.

Durante la presentación de una denuncia, el denunciante no tiene que presentarse ante el organismo que realice el proceso judicial. Pero en la querella, al ser un acto personal, si es necesaria la presencia del querellante.